Ministerio de Trabajo detalla el procedimiento de reporte de accidentes mayores en instalaciones clasificadas: requisitos y plazos

por | Ene 22, 2025 | SST | 0 Comentarios

PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DE INCIDENTES Y ACCIDENTES MAYORES

Se trata del proyecto de Resolución del Ministerio de Trabajo que reglamentaría el procedimiento para el reporte de incidentes y accidentes mayores ocurridos en instalaciones clasificadas, a esta misma cartera; aplicable a todas las personas públicas o privadas, naturales o jurídicas que tengan a su cargo una instalación clasificada.

Para estos efectos se deberán tener en cuenta los niveles de reporte de incidentes o accidentes mayores, que son:

  1. Accidentes mayores. Incidentes que alcanzan el umbral superior de seguridad de procesos o tienen consecuencias mayores y deben ser reportados a la autoridad.
  2. Cuasi accidentes. Incidentes que alcanzan el umbral inferior de seguridad de procesos o tienen consecuencias severas y deben ser reportados a la autoridad.
  3. Eventos de seguridad de procesos. Pérdidas de contención menores o fallas de sistemas que podrían conducir a un evento de seguridad de procesos y no tienen que ser reportados a la autoridad pero deben hacer parte de las métricas de seguridad de procesos.
  4. Comportamientos inseguros o disciplina operativa insuficiente. Mediciones para asegurar que las capas de protección de seguridad y la disciplina operacional son mantenidas.

El responsable de la instalación deberá reportar al Ministerio del Trabajo todos los incidentes o accidentes mayores que ocurran dentro de una instalación clasificada a su cargo en un término no mayor a 2 horas después de la materialización del evento, mediante la herramienta tecnológica que se disponga para ello.

Se entenderá como incidente, la liberación súbita no planeada o no controlada de sustancias químicas peligrosas que acarree una o más de las siguientes consecuencias:

  1. Lesiones incapacitantes por un periodo mayor a 48 horas registradas por un trabajador o contratista.
  2. Incendios o explosiones resultantes en costos directos para la infraestructura de la instalación mayores o iguales a 375 SMLMV.
  3. Pérdida de contención de sustancias químicas en la que se alcanza o excede el límite umbral establecido en la norma, en menos de una hora.

Por otro lado, se entenderá como accidente mayor, la liberación súbita no planeada o no controlada de sustancias químicas peligrosas que acarree una o más de las siguientes consecuencias:

  1. Accidente grave o mortal de por lo menos un empleado o contratista o la muerte u hospitalización por más de 24 horas de al menos un tercero (no empleado).
  2. Declaración oficial de evacuación o confinamiento de la comunidad por un periodo mayor a dos horas.
  3. Incendios o explosiones resultantes con daños a la propiedad que acarren costos directos mayores a 3000 SMMLV para la infraestructura exterior o mayores a 750 SMMLV para la infraestructura de la instalación.
  4. Pérdida de contención de sustancias químicas en la que se alcanza o excede el límite umbral establecido en la norma, en menos de una hora.
  5. Daños al ambiente en el área de influencia de la instalación: daños permanentes o de largo plazo a hábitats terrestres o daños significativos o de largo plazo a cuerpos de agua dulce o salada, acuíferos o aguas subterráneas.
  6. Daños transfronterizos que conlleven afectación al ambiente del país vecino, daños a la infraestructura del país y/o la muerte o lesión grave de por lo menos un tercero en el espacio del país fronterizo.

Adicionalmente, el responsable de la instalación clasificada deberá calcular las métricas y reportarlas anualmente al Ministerio del Trabajo a través de la herramienta tecnológica dispuesta para tal fin.

Métricas:

𝑇𝑎𝑠𝑎 𝑎𝑐𝑐𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 = No. 𝐴𝑐𝑐𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠/ 𝐻𝑜𝑟𝑎𝑠 ℎ𝑜𝑚𝑏𝑟𝑒 𝑡𝑟𝑎𝑏𝑎𝑗𝑎𝑑𝑎𝑠 ∗ 200.000

𝑇𝑎𝑠𝑎 𝑖𝑛𝑐𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 = No. 𝐼𝑛𝑐𝑖𝑑𝑒𝑛𝑡𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠 / 𝐻𝑜𝑟𝑎𝑠 ℎ𝑜𝑚𝑏𝑟𝑒 𝑡𝑟𝑎𝑏𝑎𝑗𝑎𝑑𝑎𝑠 ∗ 200.000

La norma operaría una vez se disponga la herramienta tecnológica referida.

Las observaciones y comentarios se presentaron desde el 18 de octubre hasta el 3 de noviembre de 2024. Ver proyecto normativo.

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