NUEVA MODIFICACIÓN DE LA PLANILLA PILA DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 221 del 15 de febrero de 2024 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, con la cual se modifican los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016[1] -que unificó las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA)-.
Las modificaciones se presentan en razón a varias situaciones, que son, entre otros:
- La prestación de servicios de utilidad pública para mujeres cabeza de familia en instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales, como pena sustitutiva de la prisión, en virtud del Decreto 1451 de 2023, y el deber de estas entidades de afiliarlas y cotizar los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL); lo que supone modificar la PILA en el tipo de cotizante “64. Trabajador penitenciario” aclarando el tipo, para estos efectos.
- Solicitud de la UGPP de modificar la planilla “Q – Acuerdos de pago realizados por la UGPP” con el fin de permitir a través de este tipo de planilla, el pago de aportes al Sistema de la Protección Social respecto de aquellos deudores a los que la UGPP les ha adelantado un proceso de determinación y cobro de las contribuciones parafiscales.
- Requerimiento de Colpensiones relativa a la planilla “N — Planilla de Correcciones”, para que se redireccione a la Administradora de Pensiones a la cual se realizó el pago en la planilla inicial, cuando los aportantes efectúen correcciones; con lo cual se hace necesario modificar el numeral “16. MANEJO DE PLANILLA TIPO N” del capítulo 4 del anexo técnico 2.
- La existencia de la figura de la comisión de servicios para los empleados públicos que amerita validar el reporte de esta novedad en la PILA.
- Necesidad de modificar las aclaraciones del numeral “24. VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES” del capítulo 4 del Anexo Técnico 2.
- Modificar las aclaraciones de la planilla “P. Planilla pago normal pagadores de pensiones” del Anexo Técnico 3, para permitir reportar en el campo “15 – Tipo de identificación del causante de la pensión”, en materia de pensiones y el Permiso Especial de Permanencia — PE.
[1] Modificada previamente por las Resoluciones 5858 de 2016, 980, 1608 y 3016 de 2017, 3559, 5306 de 2018, 736, 1740, 2514 de 2019, 454, 686, 1438, 1844, 2421 de 2020; 014, 638, 365 y 1697 de 2021, 261, 939 y 2012 de 2022; 728 y 1271 de 2023.