CÁLCULO DE VALORES PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES Y MULTAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO
La Resolución 4689 del 11 de octubre de 2024 del Ministerio de Trabajo adopta la equivalencia entre salarios mínimos legales mensuales vigentes y unidades de valor básico para la imposición de sanciones y multas a cargo del Ministerio de Trabajo. Con lo cual deroga a la resolución 4277 de 2021.
La Unidad de Valor Básico (UVB) fue creada con el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (que expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026), la cual, se reajustará anualmente conforme la variación del índice de precios al consumidor, IPC, cuyo valor será publicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante resolución antes del 1º de enero de cada año.
Dicha ley indicó que, la UVB será aplicable a todos los cobros, sanciones, multas, tarifas, requisitos financieros para la constitución, la habilitación, la operación o el funcionamiento de empresas públicas y/o privadas, requisitos de capital, patrimonio o ingresos para acceder y/o ser beneficiario de programas del estado, montos máximos establecidos para realizar operaciones financieras, montos mínimos establecidos para el pago de comisiones y contraprestaciones definidas por el legislador, cuotas asociadas al desarrollo de actividades agropecuarias y de salud, clasificaciones de hogares, personas naturales y personas jurídicas en función de su patrimonio y/o ingresos, incentivos para la prestación de servicio público de aseo, y honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos, que actualmente estén denominados y establecidos con base en salarios mínimos o en unidades de valor tributario, UVT, para ser calculados con base en su equivalencia en términos de la unidad de valor básico, UVB, excepto por aquellos en firme o ejecutoriados con anterioridad al 1º de enero de 2024.
La resolución informa que el valor de la UVB para el año 2024 fue fijado en $10.951; y en relación al valor del salario mínimo para el año 2024 ($1.300.000), equivaldría a 118.71 UVB.
Finalmente, la resolución dispone que, a partir de su expedición todas las multas y sanciones, que actualmente se liquidan con base en el salario mínimo mensual legal vigente, SMLMV, deberán ser calculadas por el Ministerio del Trabajo, en términos de la unidad de valor básico, UVB. Ver normatividad.